Casa 47, el lugar donde reside el derecho a la vivienda
Casa 47 nace para reivindicar el artículo 47 de la Constitución Española que establece el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Desde Casa 47 trabajamos para transformar el derecho a la vivienda en una realidad para miles de familias.
Abrimos las puertas de Casa 47
Cada tres meses lanzaremos convocatorias públicas de vivienda.
En las dos primeras convocatorias hemos puesto a disposición de la ciudadanía 171 viviendas en régimen de alquiler asequible. En una convocatoria con viviendas ubicadas en la ciudad de Vigo (67), y en municipios afectados por la Dana en Valencia (67), y en otra convocatoria simultánea con viviendas ubicadas en la localidad asturiana de Mieres (37).
Las viviendas no están a la venta, se ofrecen en régimen de alquiler asequible y forman parte del Parque Estatal de Vivienda Asequible para garantizar el acceso a una vivienda digna a toda la ciudadanía para siempre.
Casa 47 actua en el ciclo residencial completo, desde la disposición y urbanización de los suelos hasta la edificación, entrega de llaves y gestión de las viviendas.
Segunda adjudicación provisional de viviendas
- El 26 de junio, tras comprobar el cumplimiento de requisitos, se publicaron los primeros listados de adjudicación provisional de estas viviendas, abriendose un periodo de alegaciones. Una vez recibidas y analizadas las alegaciones, el 31 de julio CASA 47 publica un segundo listado de adjudicación provisional que sustituye al anterior
- Puedes consultar los segundos listados de adjudicación provisional de las viviendas, revocaciones motivadas de las adjudicaciones provisionales del anterior listado, exclusiones y lista de espera, en los siguientes enlaces:
CASA 47 notificará estas adjudicaciones provisionales a las personas representantes de las unidades de convivencia que aparecen en este segundo listado de adjudicación provisional. Posteriormente nos pondremos en contacto con ellas para organizar las visitas a las viviendas.
Las unidades de convivencia aún pueden renunciar a la vivienda que tienen adjudicada. Por tanto, esta adjudicación tiene un carácter estrictamente provisional, con las advertencias que pueden leerse en los diferentes documentos legales que rigen la presente convocatoria.
Características de las viviendas
Renta mensual del alquiler de las viviendas
Duración de los contratos
Se establece una duración inicial de 14 años, con prórrogas sucesivas de 7 años y una prórroga extra de 5 años hasta alcanzar los 75 años.
¿Tienes alguna duda?
Consulta el listado de preguntas frecuentes
Si tu duda no ha sido resuelta en el listado de preguntas frecuentes, escríbenos a dudas.convocatoria@casa47.es
Pinchando AQUÍ puedes consultar toda la normativa, y pasos que se han ido en estas convocatorias (normas de comercialización, bases, convocatorias, formulario, resoluciones, asignación de números para el sorteo, actas notariales, asignación provisional de viviendas, etc).