Preguntas Frecuentes sobre Vivienda Asequible
Disponibilidad de viviendas
Disponibilidad de viviendas
1. ¿Cuándo estarán disponibles las viviendas en distintos puntos del país?
Estamos incorporando viviendas en diferentes puntos del país para destinarlas a alquiler asequible, no podemos darle una fecha ahora mismo, en cuanto estén disponibles publicaremos las convocatorias de vivienda en nuestra página web www.casa47.es en el transcurso de los próximos meses.
2. ¿Cuándo voy a poder optar a viviendas en otras localizaciones?
A partir de ahora, Casa 47 irá lanzando de forma trimestral, convocatorias masivas de viviendas distribuidas por todo el territorio español.
3. ¿Cuántas viviendas estarán disponibles?
Se ha definido un perímetro de hasta 40.000 viviendas y 2.400 suelos con potencial para 55.000 viviendas más, que se incorporarán al patrimonio de Casa 47 de forma escalonada.
Venta y alquiler
4. ¿Las viviendas estarán disponibles para la venta?
Las viviendas incorporadas a Casa 47 forman parte del parque público de vivienda asequible y su destino es únicamente el alquiler, no la venta
5. ¿Cuánto costará el alquiler de las viviendas?
El alquiler se fija conforme a los criterios de asequibilidad de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda.
Las viviendas serán accesibles para todas aquellas rentas que se sitúen entre 2 y 7,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y que no tengan otras propiedades.
La renta mensual de alquiler de esta vivienda específica:
• No debe superar el 30% de la suma de los ingresos netos mensuales de las personas que vivirán en la vivienda
• No debe ser inferior al 15% de la suma de los ingresos netos mensuales de las personas que vivirán en la vivienda
Promociones de viviendas
6. ¿Puedo apuntarme en una lista de espera para promociones de vivienda asequible?
No existen listas de espera. Una vez contemos con las viviendas, los procesos de puesta a disposición de estas en régimen de alquiler asequible serán transparentes, abiertos y debidamente comunicados.
7. ¿Puedo solicitar una vivienda asequible en un lugar distinto al de la convocatoria vigente?
No, las viviendas se ofrecerán en régimen de alquiler asequible a través de convocatorias públicas destinadas a toda la ciudadanía.
8. ¿Os puedo dejar mis datos de contacto para que me informéis sobre la disponibilidad de viviendas?
No, la información es pública y el proceso transparente, abierto y debidamente comunicado en nuestra página web www.casa47.es donde publicaremos las convocatorias de vivienda. En los próximos meses estará disponible un portal de consulta.
Duración de los contratos y gestión del alquiler
9. ¿Cuánto tiempo duran los contratos de alquiler asequible?
Se establece una duración inicial de 14 años, con prórrogas sucesivas de 7 años y una prórroga extra de 5 años hasta alcanzar los 75 años.
10. ¿Hay alguna página web para gestionar el alquiler de la vivienda?
Sí, Casa 47 pondrá en marcha una herramienta específica, consistente en un portal mediante el cual la ciudadanía podrá realizar el trámite completo de solicitud, tramitación, pago y gestión del alquiler.
Información sobre las convocatorias de vivienda
11. ¿Solo nos podremos informar en la web de Casa 47?
No, Casa 47 está trabajando en un nuevo portal para el acceso a las viviendas públicas de su parque, con muchas más funcionalidades. A lo largo de 2026, Casa 47 lanzará este portal, pero no hemos querido retrasar la puesta a disposición de viviendas a la ciudadanía.
12. ¿Podremos ver fotos de las viviendas?
Sí, el portal para el acceso a las viviendas dispondrá de imágenes y características específicas de las mismas.
1. ¿Tenéis algún servicio de atención a la ciudadanía para consultas?
Toda la información está disponible en nuestra página web www.casa47.es
Si tiene alguna consulta o incidencia puede escribir a dudas.convocatoria@casa47.es
2. ¿Cuáles son los requisitos para participar en la convocatoria de viviendas?
Entre los requisitos para participar destacan: Tener nacionalidad española o residencia legal en España, elegir una vivienda con un número de habitaciones acorde al de personas que vivirán en ella, una renta mensual que no suponga más de un 30% del alquiler de la vivienda, a fin de cumplir el criterio de asequibilidad, ni que sea menos de un 15% de dicha renta, y no tener vivienda en propiedad.
También hay otros requisitos administrativos como puedan ser estar al corriente con hacienda y seguridad social.
3. Me he apuntado a la convocatoria de viviendas, pero la quiero en otra ciudad.
Las viviendas están disponibles en las zonas indicadas en la convocatoria vigente. Todavía no están disponibles las viviendas en otras zonas de España.
4. ¿Qué vivienda me puede tocar?
Las viviendas no te tocan, tú eliges las viviendas que te interesan, ordenadas de más a menos interés y después otras posibles viviendas que cumplan una serie de requisitos (según número de dormitorios, características, localidad/barrio donde está situada la vivienda, etc.). Posteriormente, según el resultado del sorteo, si eres la primera persona en elegir se te asigna la primera vivienda de tu elección. En el caso que algunas de las viviendas que habías elegido están ya asignadas, se te asignará la primera vivienda de tu listado de elección que todavía esté libre. Si todas las viviendas que hubieras seleccionado estuvieran ya asignadas a otras unidades de convivencia se te pondrá en una lista de reserva. Además, podrás visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
Próximas convocatorias
5. ¿Cuándo se lanzará la siguiente convocatoria de viviendas?
A partir de ahora, Casa 47 irá lanzando de forma trimestral, convocatorias masivas de viviendas distribuidas por todo el territorio español.
6. ¿Cuántas viviendas estarán disponibles?
Se ha definido un perímetro de hasta 40.000 viviendas y 2.400 suelos con potencial para 55.000 viviendas más, que se incorporarán al patrimonio de Casa 47 de forma escalonada.
Venta y alquiler
7. ¿Las viviendas estarán disponibles para la venta?
Las viviendas incorporadas a Casa 47 forman parte del parque público de vivienda asequible y su destino es únicamente el alquiler, no la venta
8. ¿Cuánto costará el alquiler de las viviendas?
El alquiler se fija conforme a los criterios de asequibilidad de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda.
Las viviendas serán accesibles para todas aquellas rentas que se sitúen entre 2 y 7,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y que no tengan otras propiedades.
La renta mensual de alquiler de esta vivienda específica:
• No debe superar el 30% de la suma de los ingresos netos mensuales de las personas que vivirán en la vivienda
• No debe ser inferior al 15% de la suma de los ingresos netos mensuales de las personas que vivirán en la vivienda
Duración de los contratos y gestión del alquiler
9. ¿Cuánto tiempo duran los contratos de alquiler asequible?
Se establece una duración inicial de 14 años, con prórrogas sucesivas de 7 años y una prórroga extra de 5 años hasta alcanzar los 75 años.
10. ¿Hay alguna página web para gestionar el alquiler de la vivienda?
Sí, Casa 47 pondrá en marcha una herramienta específica, consistente en un portal mediante el cual la ciudadanía podrá realizar el trámite completo de solicitud, tramitación, pago y gestión del alquiler.
Información sobre las convocatorias de vivienda
11. ¿Solo nos podremos informar en la web de Casa 47?
No, Casa 47 está trabajando en un nuevo portal para el acceso a las viviendas públicas de su parque, con muchas más funcionalidades. A lo largo de 2026, Casa 47 lanzará este portal, pero no hemos querido retrasar la puesta a disposición de viviendas a la ciudadanía.
12. ¿Podremos ver fotos de las viviendas?
Sí, el portal para el acceso a las viviendas dispondrá de imágenes y características específicas de las mismas.
Usos de las viviendas
13. ¿Cuál es el régimen de uso de las viviendas?
Las viviendas se adjudicarán bajo el régimen de arrendamiento, a precios asequibles, y deben ser destinadas a domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia.
14. ¿Puedo utilizar la vivienda como domicilio social de una empresa, o como oficina de un/a autónomo/a?
Queda prohibido instalar en la vivienda oficina o cualquier otro tipo de actividad industrial, comercial o de servicios.
No se considerará como tal el teletrabajo, que está permitido. Se permite el establecimiento de la sede social de un/a profesional autónomo/s, o de una empresa, si lo es sólo a efectos de notificaciones.
Empadronamiento
15. ¿Es necesario el empadronamiento en el municipio, en la provincia o en la comunidad autónoma donde está localizada la vivienda?
No es necesario el empadronamiento en ninguna localización concreta. Se pueden solicitar vivienda en otra localidad o provincia distintos de en los que vives actualmente.
Sin embargo, la vivienda deberá ser tu domicilio habitual una vez firmes el contrato.
Residencia legal
16. ¿Necesito tener residencia legal para poder participar en las convocatorias?
Pueden participar en estas convocatorias las personas de nacionalidad española y las personas extranjeras con residencia legal en España. Si no tienes residencia legal no puedes participar.
Circunstancias especiales
17. ¿Hay algún cupo de viviendas reservadas para las personas o unidades que cumplan algún requisito específico, como edad, o alguna otra circunstancia (discapacidad, familia numerosa, etc.)?
En próximas convocatorias de Casa 47 habrá un cupo de viviendas reservadas a unidades de convivencia en las que alguno de sus miembros posea un certificado de discapacidad con movilidad restringida reconocida, pero no en estas dos convocatorias iniciales.
En las convocatorias de Casa 47 no se contemplan cupos de viviendas por edad, ni por ningún otro aspecto, más allá del de discapacidad con movilidad reducida.
Baremación para la adjudicación de las viviendas
18. ¿Qué aspectos se puntúan o se bareman para la adjudicación de vivienda?
La adjudicación se realiza por sorteo, por lo que no se puntúa ni barema ningún aspecto.
Las unidades de convivencia deberán cumplir los requisitos definidos en las bases. Posteriormente se realizará el sorteo entre todas las solicitudes recibidas y se establecerá el orden en que pueden elegir vivienda.
19. ¿Qué vivienda me puede tocar?
Las viviendas no te tocan, puedes elegir viviendas que te interesan, ordenadas de más a menos interés y después otras posibles viviendas que cumplan una serie de requisitos (según número de dormitorios, características, localidad/barrio donde está situada la vivienda, etc.).
20. ¿Es posible participar si ya se es propietario/a de otra vivienda?
No. Las personas que vayan a vivir en la vivienda no pueden ser propietarias de otra vivienda, incluyendo nuda propiedad, titularidad de usufructo o derecho de superficie.
Disponibilidad de viviendas
1. ¿Cuántas viviendas se construirán en Nuevo Barrio Campamento?
Casa 47 es propietaria del 98% de los terrenos y se tiene prevista la construcción de 10.700 viviendas.
2. ¿Puedo apuntarme a una lista de espera para una vivienda en Nuevo Barrio Campamento?
No. Las fórmulas de acceso a las viviendas de Nuevo Barrio Campamento se definirán una vez se hayan cerrado los pasos previos que requiere la puesta en marcha de una actuación urbanística de estas características y en todo caso será un procedimiento del que se tendrá conocimiento público y carácter transparente.
Evolución de la actuación residencial
3. ¿En qué fase de construcción se encuentra Nuevo Barrio Campamento?
Ahora mismo se está procediendo a la demolición de las instalaciones militares de Nuevo Barrio Campamento. Próximamente se iniciará la fase de urbanización, previa a la edificación de las viviendas.
4. ¿Dónde puedo seguir la evolución de Nuevo Barrio Campamento?
Puede consultar toda la información relativa a Nuevo Barrio Campamento en nuestra página web https://www.casa47.es/suelo-residencial/campamento donde iremos publicando puntualmente los avances de esta actuación residencial.
Alquiler de las viviendas
5. ¿Cuánto costará el alquiler de las viviendas?
Las viviendas serán accesibles para todas aquellas rentas que se sitúen entre 2 y 7,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y que no tengan otras propiedades.
Venta de viviendas
6. ¿Puedo comprar alguna vivienda de Nuevo Barrio Campamento?
No. Las viviendas incorporadas a Casa 47 forman parte del parque público de vivienda asequible y su destino es únicamente el alquiler, no la venta
Transporte
7. ¿Se construirá alguna estación de Metro en Nuevo Barrio Campamento?
Sí, contará también con una nueva estación de Metro en el interior del ámbito, que se sumará a una potente red de comunicaciones ya existente, con cinco estaciones de Metro, Metro Ligero y Cercanías dispuestas por el perímetro de la actuación: Colonia Jardín (L10, ML2 y ML3), Campamento (L5), Empalme (L5), Aviación Española (L10) y Cuatro Vientos (L10 y C5).
Medioambiente
8. ¿Tendrá muchas zonas verdes y espacios públicos?
Sí, El diseño de zonas verdes y espacios urbanos favorecerá el confort climático y la selección de arbolado considerará especies de la zona, con especial atención a la vegetación autóctona.
En total, Nuevo Barrio Campamento contará con 154.000 m2 de zonas verdes y más de 5.300 nuevos árboles en la actuación.
El 75% del terreno se dedicará a usos públicos a través de equipamientos urbanos, amplias calles, zonas verdes y espacios de disfrute para la ciudadanía.
Venta y alquiler
Traspaso de viviendas de SAREB a Casa 47
1. ¿Las viviendas de SAREB ya han sido traspasadas a Casa 47?
No. La adscripción de viviendas de SAREB se realizará por fases, empezando por su inclusión en Patrimonio del Estado. Finalizado este proceso se valorará su adjudicación en régimen de alquiler asequible.
2. Desde SAREB me han comentado que el inmueble en el que estoy interesada pasará a Casa 47. ¿Me gustaría apuntarme como interesado?
Actualmente, la vivienda no es de titularidad de Casa 47 no contamos con capacidad de gestión sobre el inmueble, por lo que en este momento no podemos ofrecerle información ni intervenir en su situación concreta.
Compra de viviendas traspasadas
3. Estoy interesada en una vivienda de SAREB que ha pasado a Casa 47. ¿Puedo comprarla?
No. Las viviendas se ofrecerán en régimen de alquiler asequible y pasarán a formar parte del parque público de vivienda asequible de Casa 47, por lo que no se estarán en venta.
4. Vivo en una vivienda de SAREB que se traspasará a Casa 47 y tenemos problemas de ocupación en el edificio. ¿Podéis hacer algo al respecto?
La vivienda aún no forma parte del parque de vivienda asequible de Casa 47. Mientras no se realice el traspaso puede contactar directamente con SAREB en el teléfono gratuito 900 115 500 o correo electrónico sarebresponde@sareb.es.
Disponibilidad de viviendas SAREB
5. ¿Cuándo estarán disponibles las viviendas de SAREB?
Las viviendas se transferirán en oleadas trimestrales en distintos puntos del país. Casa 47 valorará el estado de las viviendas y procederá a dejarlas en las condiciones adecuadas previamente al lanzamiento de las convocatorias de viviendas.
Situaciones particulares, circunstancias especiales
Desahucios
1. Me van a desahuciar de la vivienda en la que vivo. ¿Podéis acogerme en alguna vivienda?
No podemos ofrecerle una vivienda porque ahora mismo las estamos incorporando en diferentes puntos del país y se ofrecerán en régimen de alquiler asequible a través de convocatorias públicas destinadas a toda la ciudadanía. No contamos con viviendas de acogida.
Vivienda social
2. ¿Dónde puedo acudir para que me den una vivienda social?
Para viviendas sociales le sugerimos contactar con servicios sociales de su comunidad autónoma y con el ayuntamiento de su localidad para que puedan brindarle la orientación adecuada.
Vulnerabilidad que se valora
3. ¿Hay algún cupo de viviendas reservadas para las personas o unidades que cumplan algún requisito específico, como edad, o alguna otra circunstancia (discapacidad, familia numerosa, etc.)?
En próximas convocatorias de Casa 47 habrá un cupo de viviendas reservadas a unidades de convivencia en las que alguno de sus miembros posea un certificado de discapacidad con movilidad restringida reconocida.
4. ¿Qué otras situaciones de vulnerabilidad se valoran?
En las convocatorias de Casa 47 no se contemplan cupos de viviendas por edad, ni por ningún otro aspecto, más allá del de discapacidad con movilidad reducida.
Promociones de viviendas
No existen listas de espera. Una vez contemos con las viviendas, los procesos de puesta a disposición de estas en régimen de alquiler asequible serán transparentes, abiertos y debidamente comunicados.
No, las viviendas se ofrecerán en régimen de alquiler asequible a través de convocatorias públicas destinadas a toda la ciudadanía.
No, la información es pública y el proceso transparente, abierto y debidamente comunicado en nuestra página web www.casa47.es donde publicaremos las convocatorias de vivienda. En los próximos meses estará disponible un portal de consulta.
Duración de los contratos y gestión del alquiler
Se establece una duración inicial de 14 años, con prórrogas sucesivas de 7 años y una prórroga extra de 5 años hasta alcanzar los 75 años.
Sí, Casa 47 pondrá en marcha una herramienta específica, consistente en un portal mediante el cual la ciudadanía podrá realizar el trámite completo de solicitud, tramitación, pago y gestión del alquiler.
Información sobre las convocatorias de vivienda
No, Casa 47 está trabajando en un nuevo portal para el acceso a las viviendas públicas de su parque, con muchas más funcionalidades. A lo largo de 2026, Casa 47 lanzará este portal, pero no hemos querido retrasar la puesta a disposición de viviendas a la ciudadanía.
Sí, el portal para el acceso a las viviendas dispondrá de imágenes y características específicas de las mismas.